Comentario crítico de Marcelo Meriño · Psicología forense y prueba pericial · 2026
Del acompañamiento clínico al contraste forense: límites epistemológicos y probatorios de los informes terapéuticos en la investigación de delitos sexuales
Meriño Aravena, M.
Gaceta Internacional de Ciencias Forenses
Referencia APA 7
Meriño Aravena, M. (2026). Del acompañamiento clínico al contraste forense: límites epistemológicos y probatorios de los informes terapéuticos en la investigación de delitos sexuales. Gaceta Internacional de Ciencias Forenses, (61), 80-92.
¿Qué investigaron los autores?
El artículo examina qué valor probatorio y causal puede reconocerse a los informes psicológicos clínicos o terapéuticos cuando se incorporan a procesos penales por delitos sexuales. Mediante una revisión narrativa crítica, distingue la finalidad asistencial del informe clínico de la finalidad psicolegal del informe forense, y propone una escala de cinco niveles inferenciales -descripción sintomática, diagnóstico clínico, evaluación de daño, compatibilidad etiológica y atribución causal individual- para delimitar hasta dónde puede llegar la lectura probatoria de un documento terapéutico.
Metodología
Revisión narrativa crítica de literatura especializada en evaluación forense, trauma psicológico, inferencia causal, sesgos del evaluador, diagnóstico de estrés postraumático, daño psíquico y estándares de admisibilidad de la prueba experta. El propio autor aclara que no se trata de un metaanálisis ni de una revisión sistemática tipo PRISMA, y que las fuentes se seleccionaron por pertinencia teórica y no mediante muestreo exhaustivo.
Resultados
El trabajo concluye que los síntomas psicológicos pueden acreditar sufrimiento, deterioro funcional o necesidad de tratamiento, pero no identifican por sí mismos el hecho que los originó ni prueban que el delito investigado ocurrió o quién lo cometió. Un diagnóstico, incluido el de estrés postraumático, no constituye prueba histórica autónoma del evento usado como antecedente para formularlo, y tratar un informe asistencial como corroboración retrospectiva del delito le atribuye una finalidad, un método y un alcance inferencial que no tenía al redactarse.
Aporte principal
Aporta una herramienta conceptual de uso práctico para la práctica pericial y la litigación: la distinción entre 'acompañar' (función clínica) y 'contrastar' (función forense), junto con la escala de cinco niveles inferenciales y un listado de errores frecuentes en informes (confundir el relato con un antecedente comprobado, usar el diagnóstico como corroboración, inferir causalidad por proximidad temporal, omitir antecedentes previos, no considerar causas concurrentes, usar instrumentos inespecíficos y concluir fuera del objeto de evaluación), además de una propuesta de formulación pericial prudente y una guía de contrainterrogatorio orientada al método.
Limitaciones
El propio autor reconoce que al tratarse de una revisión narrativa y no sistemática, la selección de fuentes responde a un criterio teórico y no a un muestreo exhaustivo ni replicable, lo que limita la posibilidad de ponderar cuantitativamente el peso de la evidencia citada frente a literatura discrepante.
Relevancia para la práctica penal
El marco es directamente aplicable al control de la prueba pericial psicológica en causas por delitos sexuales: permite a la defensa penal identificar cuándo un informe terapéutico ha sido reconvertido indebidamente en prueba de causalidad o de ocurrencia del hecho, y ofrece preguntas de contrainterrogatorio centradas en el método -no en desacreditar al paciente ni al profesional tratante- que son trasladables a audiencia.
Uso y malinterpretación en juicio
El riesgo que describe el artículo es precisamente el que se observa en juicio: que la sintomatología se presente como si confirmara el delito, invirtiendo de facto la carga probatoria y empujando a la defensa a explicar el sufrimiento de quien denuncia en lugar de que la acusación acredite el hecho y la participación. El autor advierte también sobre el razonamiento circular -usar el mismo relato que originó el diagnóstico para después validar ese relato con el diagnóstico- y sobre la falacia de atribuir causalidad por la sola proximidad temporal entre el relato y la aparición de síntomas.
Opinión crítica de Marcelo Meriño
Comparto la tesis central del artículo porque describe un problema que se repite en la práctica: el informe clínico y el informe forense no son intercambiables, y buena parte del daño probatorio ocurre cuando un documento pensado para tratar se usa después para acreditar lo que nunca se propuso demostrar. La escala de cinco niveles inferenciales es una herramienta útil porque obliga a nombrar en qué peldaño se encuentra realmente una conclusión pericial, en lugar de dar por sentado el salto desde el síntoma hasta la atribución causal individual. Como advertencia metodológica, el propio trabajo es una revisión narrativa y no sistemática, de modo que su aporte es conceptual -ordenar la discusión y dar lenguaje preciso al litigante- y no un hallazgo empírico nuevo; su valor para la defensa está en que permite exigir, informe por informe, que la pregunta, el método y la conclusión se correspondan antes de aceptar que un documento terapéutico pese como prueba de cargo.