Comentario crítico de Marcelo Meriño · Delitos sexuales · 1983
The Child Sexual Abuse Accommodation Syndrome
Summit, R.C.
Child Abuse & Neglect
Referencia APA 7
Summit, R. C. (1983). The child sexual abuse accommodation syndrome. Child Abuse & Neglect, 7(2), 177–193. https://doi.org/10.1016/0145-2134(83)90065-2
¿Qué investigaron los autores?
Artículo seminal en el que Summit formula por primera vez el Child Sexual Abuse Accommodation Syndrome (CSAAS), describiendo cinco etapas por las que atraviesan las víctimas de abuso sexual infantil: secreto, impotencia, acomodación, divulgación retardada y retractación. El modelo, de carácter descriptivo y clínico, busca explicar las reacciones paradójicas de las víctimas —por qué muchas no denuncian de inmediato o se retractan— con el fin de contrarrestar el escepticismo de los operadores jurídicos ante denuncias tardías o aparentemente inconsistentes.
Limitaciones
El CSAAS es un modelo clínico descriptivo, no una herramienta diagnóstica ni un método para validar la credibilidad de una denuncia; su uso como prueba de credibilidad o de que el abuso ocurrió carece de sustento empírico y no debe presentarse como tal ante el tribunal.
Opinión crítica de Marcelo Meriño
Mi crítica central al CSAAS de Summit es que opera como un razonamiento circular: si la víctima no denuncia, eso prueba el abuso (secreto); si denuncia tarde, prueba el abuso (divulgación retardada); si se retracta, prueba el abuso (retractación); si su relato es inconsistente, prueba el abuso (acomodación). Cualquiera sea la conducta de la víctima, el resultado del análisis es siempre el mismo: hubo abuso. Esa estructura tautológica es epistemológicamente fraudulenta, porque no existe conducta que permita descartar la hipótesis del abuso, y por tanto el modelo no discrimina, no falsa y no valida nada. Cuando se lo introduce en juicio como pericia, este vicio circular se vuelve jurídicamente letal: la pericia no permite concluir la credibilidad del relato ni la existencia del hecho punible, pero en la práctica opera sugiriendo al tribunal que la víctima actúa como víctima porque hubo abuso, lo que invierte la carga de la prueba y compromete la presunción de inocencia. Mi posición es categórica: el CSAAS puede tener valor clínico y didáctico para contextualizar reacciones atípicas, pero nunca valor probatorio para acreditar el delito ni la credibilidad del testimonio. Toda pericia que lo invoque debe dejar expresamente claro que no permite afirmar la existencia del abuso, y su admisión como prueba de cargo debe ser objetada cuando se la presenta como indicio de credibilidad.